La decisión que adoptó la Corte Suprema de Estados
Unidos de Norteamérica vulnera todo pensamiento razonable. No cabe ningún tipo
de duda acerca de que los intereses financieros se intentan imponer una vez más
sobre las soberanías nacionales.
Hagamos un poco
de historia. Nuestro país inició en el año 2005 una etapa tendiente a
regularizar el tema de su endeudamiento. Cabe acotar que en ese momento la
deuda argentina estaba en default Para ello abrió un canje ofreciendo quitas,
mayores plazos, menores tasas y cambios de moneda (pesos por dólares). Ello contó en aquella oportunidad con una
aceptación del 74%. A partir de allí se
fueron atendiendo los servicios de capital e intereses puntualmente con
recursos propios provenientes de nuestro comercio exterior.
En el año 2010
se volvió a abrir el canje con una oferta similar y nuevos acreedores lo
aceptaron. Computando este acuerdo el grado de aceptación total llegó al 93%.
El 7 % restante decidió no entrar y una parte inició juicio en los Estados
Unidos apuntando a cobrar el 100% del valor nominal de los títulos originales.
Cabe destacar que la tenencia mayoritaria de este segmento corresponde a fondos
de inversión que adquirieron los títulos a precios muy bajos. A estos tenedores se los conoce como fondos
buitre.
¿Cómo debió
dirimirse este juicio?
El juzgado debió
atender la decisión mayoritaria de los acreedores y obligar a los demandantes a
sostener un acuerdo similar. Esto ocurre en el campo privado toda vez que se
produce un concurso de acreedores. La minoría debe acatar lo que deciden las
mayorías. Desde luego no existen normas internacionales similares a las
nacionales en este punto. Empero la lógica jurídica supone hacerlas extensivas.
¿Qué es lo que
se hizo?
Todo lo
contrario. El juez Griesa falló a favor de los fondos buitre estableciendo el
pago del 100% de la acreencia. Indudablemente el capitalismo salvaje estuvo por
encima de la lógica jurídica. La Corte
Suprema de los Estados Unidos avaló el fallo no dando lugar a la presentación
de nuestro país.
¿Que se podía
esperar de parte de la Corte Suprema de Estados Unidos?
Cuando menos que
consulte al Gobierno con el Gobierno de ese país. Máxime teniendo en cuenta que
nuestro país acaba de regularizar la deuda con el Club de París y con Repsol
por YPF.
¿Qué ocurre si
nuestro país acata el fallo?
El mismo es
vinculante. Por lo tanto el resto de acreedores (los que entraron en el canje)
puede pedir condiciones análogas. Desde luego esto es de cumplimiento imposible
para nuestro país. Volveríamos a aquellos años de las refinanciaciones
interminables y de enajenación del patrimonio nacional.
¿Qué se puede
hacer?
Recurrir el
fallo (tenemos 25 días para hacer la presentación) e intentar estirar las cosas
hasta diciembre fecha en la que la posibilidad vinculante se cae. Una vez que la Corte se expida sobre dicho
recurso (seguro seguirá siendo negativo) corresponde negociar con el propósito
de ganar dicho tiempo.
¿Qué puede
ocurrir con nosotros?
Si mantenemos
cohesión y por sobre todo una buena dosis de pensamiento nacional no ocurrirá
nada. El camino opuesto es infinitamente peor.
En medio de todo
esto la buena noticia viene por el lado del arco político opositor. Hasta aquí
apoyaron la medida. Esperemos que todo siga en este camino.
Juan Latrichano
Analista
económico de la CGE
17/6/2014
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